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Cambios en el Impuesto al Cheque: qué empresas dejarán de pagarlo

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El ente recaudador estableció un mecanismo para que algunas empresas puedan acceder a la exención del tributo.

29 Noviembre de 2021 16.30

La AFIP estableció el mecanismo para que las administradoras de sistemas de cobro por código QR y las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos, accedan a la exención del Impuesto sobre Débitos y Créditos. La Resolución General Nº 5111, publicada este lunes en el Boletín Oficial, instrumentó los beneficios previstos en el Decreto 796/2021 para Transferencias 3.0.

La normativa considera inscriptas en el Registro de Beneficios Fiscales a los operadores de estas transferencias inmediatas, según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina. La medida evita que deban realizar el trámite de inscripción para las cuentas informadas por la autoridad monetaria al dictado de la norma, explicó la AFIP.

Y añadió que la Resolución General determina que las empresas de sistemas de cobro serán quienes retengan y liquiden el porcentaje de IVA y el Impuesto a las Ganancias por las operaciones con medios electrónicos de pago. 

De esta manera, el organismo implementó los beneficios establecidos a través del Decreto 796/2021, que dispuso modificaciones al Impuesto sobre Débitos y Créditos para empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y cobro.

Marcó del Pont, titular de AFIP.

Ese Decreto equiparó el tratamiento fiscal aplicable a los Prestadores de Servicios de Pago y a las Entidades Financieras regidas por la Ley N° 21.526, cuando actúen como agentes de liquidación y retención de tributos nacionales, provinciales, municipales y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, estableció exenciones aplicables respecto de las cuentas utilizadas en forma exclusiva en la administración del servicio de pagos de bienes y servicios cuyos destinatarios sean consumidores finales, como así también respecto de los créditos y débitos de las cuentas utilizadas por los participantes de esquemas de pago de transferencias electrónicas de fondos. El Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, más conocido como "Impuesto al Cheque", está vigente desde 2001.

Transferencia 3.0

El lunes 29 de noviembre, comienzó Transparencia 3.0, una iniciativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que apunta a que todo el sistema sea interoperable a través de pagos por códigos QR. Dentro del sistema de Transferencias 3.0 hay varios puntos a tener en cuenta por los comerciantes

  • El plazo de acreditación máximo será de 25 segundos para el caso de los pagos con transferencia en los que resulte necesaria la interoperabilidad entre diferentes esquemas de pago.
  • Cada esquema de transferencias inmediatas tendrá que contar con herramientas de mitigación de fraude que permitan identificar patrones sospechosos y alertar a los usuarios antes o después de la autorización de la transacción.
  • Los aceptadores podrán cobrar a los comercios un precio que esté dentro del rango del 0,6% al 0,8%. Además, tienen un tope de comisión de 8 por mil que pagan los comercios.
  • Todo administrador de esquemas de transferencias inmediatas deberá asegurar que los precios cobrados por los aceptadores estén dentro de los rangos establecidos.
  • Los administradores de esquemas de transferencias inmediatas deberán presentar ante la subgerencia de Medios de Pago, antes del 30 de junio de 2022, un plan consensuado para la implementación de un repositorio transaccional unificado que almacene la totalidad de las operaciones reguladas en las normas sobre Transferencias 3.0.

Cuestiones a tener en cuenta por los usuarios

Dentro de la iniciativa Transferencias 3.0 se creó la Interfaz Estandarizada de Pagos que permite compatibilizar los pagos desde todas las cuentas, las bancarias y las de billeteras virtuales. Esto significa que un mismo código QR permite hacer pagos con transferencia desde cualquier cuenta, ya sea de un banco o de un proveedor de servicios de pago. Sólo con un teléfono, las personas usuarias pueden leer cualquier código QR con cualquier billetera virtual o aplicación de banco.

En ese sentido, los usuarios deben saber que nunca pagarán comisión en estas transacciones. Además, la billetera puede ser de una entidad bancaria o de un proveedor de servicios de pago. Solo debe contener un lector de código QR para poder realizar la operación. 

Con información de NA

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