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Profesionales de negocios participan en una reunión de oficina para analizar dat
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Profesionales de negocios participan en una reunión de oficina para analizar dat
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Guía del FAL: qué deben saber las empresas sobre los nuevos fondos de aporte obligatorio para pagar indemnizaciones

Agustín Jamele

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El Gobierno definió en qué podrán invertir los Fondos de Asistencia Laboral y la CNV abrió la consulta pública para reglamentar su funcionamiento. Qué cambia para los empleadores, cuánto deberán aportar, cómo se elegirá el administrador y qué ocurrirá si el dinero acumulado no alcanza para pagar una indemnización.

12 Agosto de 2026 20.20

El Gobierno avanzó con dos de las piezas necesarias para poner en marcha los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado por la reforma laboral para ayudar a las empresas a afrontar determinadas obligaciones derivadas de la finalización de una relación de trabajo.

Por un lado, el Ministerio de Economía estableció qué activos podrán integrar sus carteras, los límites de concentración y la liquidez mínima que deberán mantener. Horas después, la Comisión Nacional de Valores (CNV) abrió una consulta pública sobre la regulación de los Fondos Comunes de Inversión (FCI) y los Fideicomisos Financieros (FF) que administrarán esos recursos.

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Roberto Silva, Presidente de la CNV

El nuevo esquema no reemplaza el régimen indemnizatorio ni elimina la responsabilidad de las compañías. En términos prácticos, crea una caja separada, financiada mediante contribuciones patronales, que el empleador podrá utilizar para atender los pagos alcanzados por la normativa. Si el saldo resulta insuficiente, la empresa deberá completar la diferencia con recursos propios.

La reglamentación todavía no está cerrada. La Resolución General 1161 de la CNV permanecerá en consulta durante 15 días hábiles y luego deberá publicarse la norma definitiva. También restan regulaciones de ARCA y de la Secretaría de Trabajo, claves para completar la operatoria y precisar algunos casos de aplicación. Sin embargo, el marco conocido ya permite identificar las principales decisiones que deberán tomar las empresas.

¿Qué son los FAL y qué cambia para las empresas?

Los FAL son patrimonios de afectación específica destinados a colaborar con el pago de determinadas obligaciones por extinción de la relación laboral. Los recursos no pertenecerán libremente a la tesorería de la compañía: estarán separados, serán inembargables y solo podrán utilizarse para los fines previstos por la ley.

Un grupo diverso de profesionales colaborando en un entorno moderno de sala de conferencias.

Cada empleador tendrá una cuenta única, no una cuenta individual por cada trabajador. Esa diferencia es central: el fondo se construye a nivel de empresa y su saldo podrá aplicarse, total o parcialmente, cuando aparezca una obligación habilitada.

La existencia del FAL tampoco modifica el monto que corresponde pagarle al trabajador. El administrador será responsable por la inversión, la custodia de los activos y la validación del procedimiento, pero no por cubrir una indemnización. La obligación seguirá en cabeza del empleador incluso si el fondo no tiene recursos suficientes.

¿Los aportes serán optativos?

No. Las contribuciones mensuales estarán incluidas dentro del régimen obligatorio y serán canalizadas a través de ARCA. La ley contempla porcentajes diferentes para grandes empresas y pymes: el aporte será del 1% para las primeras y del 2,5% para las segundas, calculado sobre la base correspondiente.

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El esquema no funciona, en principio, como una nueva carga equivalente a ese porcentaje, sino como una reasignación de una parte de las contribuciones patronales que actualmente tienen otro destino. Esa porción pasará a nutrir el FAL de cada empleador.

Lo que sí será optativo es utilizar el saldo acumulado ante una desvinculación. Una empresa podrá pagar con el fondo, combinarlo con recursos de su tesorería o conservar el dinero dentro del vehículo para futuras obligaciones. Esa decisión dependerá de su planificación financiera, la disponibilidad de caja y las necesidades laborales previstas.

Además, durante los primeros seis meses regirá un período de carencia: ingresarán aportes, pero los recursos no podrán utilizarse para efectuar los pagos contemplados. Esa etapa permitirá formar el patrimonio inicial de los vehículos.

¿Qué tendrá que elegir cada empleador?

Cada empresa deberá seleccionar un único vehículo autorizado para recibir y administrar sus aportes. El Decreto 408/2026 estableció dos alternativas: un FCI abierto o un fideicomiso financiero con oferta pública, ambos bajo supervisión de la CNV.

Gerente, Alto Ejecutivo, empresario, empresa. Foto: Magnific

No podrá utilizarse un fondo ya existente ni añadirse una clase especial de cuotapartes a otro producto. Los vehículos deberán crearse exclusivamente para los FAL y conservar separados sus activos.

La propuesta distingue dos modelos. Las compañías de mayor tamaño podrán contar con un vehículo exclusivo y participar en la definición de una estrategia ajustada a sus flujos esperados. Las pymes, en cambio, probablemente se concentren en fondos multiempresa, donde distintos empleadores compartirán una misma cartera y cada uno tendrá la participación correspondiente a sus aportes.

En estos productos colectivos será importante comparar no solo la comisión. También habrá que analizar el rendimiento neto, la liquidez, la política de inversión y el perfil del resto de las empresas participantes, porque las necesidades de fondos pueden variar según el sector y el ciclo económico.

¿Qué pasa si una empresa no elige?

La falta de elección no dejará al empleador fuera del sistema. El proyecto de la CNV contempla una asignación de oficio sobre la base de la información suministrada por ARCA. Los administradores interesados en recibir esas cuentas integrarán un registro y la distribución se realizará mediante un mecanismo objetivo.

Empresa familiar (imagen generada por Gemini)

Este punto será particularmente relevante para micro y pequeñas empresas con poca familiaridad con el mercado de capitales. Aunque no seleccionen activamente un administrador, una parte de sus contribuciones será derivada al vehículo asignado. Luego podrán ejercer la portabilidad y trasladar los recursos a otra alternativa.

Para ordenar el sistema, cada empleador contará con un identificador único, denominado ID FAL. Ese código vinculará a la empresa con su vehículo y permitirá que ARCA determine dónde enviar los aportes. También habrá una cuenta comitente diferenciada para registrar las cuotapartes o los certificados de participación y preservar la separación patrimonial.

¿Dónde se invertirá el dinero?

La Resolución 1276/2026 de Economía fijó un perfil conservador, basado en seguridad, liquidez, diversificación y preservación del capital. Los fondos podrán invertir en títulos de deuda del Estado nacional, bonos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos bancarios y obligaciones negociables de empresas privadas.

Los instrumentos deberán estar integrados y ser pagaderos en pesos, además de negociarse en mercados autorizados dentro del país. La categoría admite activos ajustados por CER, TAMAR o dólar oficial, siempre que cumplan las condiciones establecidas.

Costos de los agentes de IA en las empresas. (Foto: creada con IA)

La normativa impone límites para evitar una exposición excesiva a un solo emisor. La deuda provincial y porteña podrá representar hasta el 15% de la cartera, con un máximo del 5% por jurisdicción. Las obligaciones negociables tendrán un límite general del 20%, con topes por empresa, mientras que los depósitos no podrán superar el 15% por entidad financiera.

Además, al menos el 10% del patrimonio deberá permanecer en activos considerados de alta liquidez y bajo riesgo. Esa exigencia busca que los administradores puedan atender los pagos sin tener que desprenderse de instrumentos de largo plazo en condiciones desfavorables.

¿Cuánto costará la administración?

La ley fijó un techo anual del 1% para honorarios, comisiones y gastos. El proyecto de la CNV propone que dentro de ese límite queden comprendidos los costos ordinarios de todas las partes involucradas en la gestión del vehículo. Las comisiones propias de las operaciones de mercado, como la compra o venta de un bono, tendrán un tratamiento diferenciado.

El costo será una variable para comparar, pero no la única. Un producto más barato puede terminar siendo menos conveniente si ofrece menor rendimiento, una cartera poco líquida o una administración que no se ajusta a las necesidades de la empresa. La evaluación deberá centrarse en el resultado neto y en la capacidad de responder cuando sea necesario utilizar el dinero.

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¿Se podrá cambiar de fondo?

Sí. El régimen reconoce el derecho de portabilidad, por lo que una empresa podrá mudar sus recursos a otro FCI o fideicomiso. La propuesta establece condiciones y ventanas para ordenar los traspasos y evitar que movimientos repentinos alteren la liquidez de las carteras multiempresa. En principio, se podría realizar el cambio una vez por año y habría dos ventanas anuales para hacerlo, una en junio y otra en diciembre.

La asignación de oficio no bloqueará esa posibilidad. El empleador que reciba inicialmente un vehículo podrá elegir otro y trasladar su participación. Una vez dentro de la operatoria regular, los cambios estarán sujetos a los plazos que establezca la norma definitiva.

¿Cuándo comenzará el sistema?

La entrada en vigencia está prevista para el 1° de noviembre de 2026, después de que el Poder Ejecutivo postergara por cinco meses la fecha original. Antes deberán completarse la consulta pública, la resolución definitiva de la CNV y las normas operativas pendientes.

Trabajadores

La autorización automática propuesta para estos productos busca acelerar la creación de los vehículos. Los fideicomisos no necesitarán prospecto ni suplemento de prospecto, mientras que los FCI abiertos no estarán obligados a emplear el reglamento de gestión tipo.

El desafío será llegar a noviembre con una oferta suficiente y con los circuitos entre administradores, CNV y ARCA preparados para recibir los aportes. Para las empresas, el trabajo debería comenzar antes: verificar si están alcanzadas, proyectar el flujo mensual, comparar alternativas y decidir si les conviene un producto exclusivo o uno multiempresa.

Un nuevo jugador para el mercado de capitales

Además de su dimensión laboral, los FAL pueden modificar la estructura del mercado financiero argentino. El sistema incorporará un flujo mensual de recursos con horizonte potencialmente largo, que podrá financiar al Estado, a las provincias, a los bancos y a las empresas mediante los instrumentos habilitados.

Todavía no existe una estimación oficial concluyente sobre el volumen que alcanzará. Su impacto dependerá de cuántas empresas y trabajadores queden efectivamente comprendidos, de la masa salarial, del comportamiento del empleo y, sobre todo, de cuánto dinero permanezca invertido antes de ser utilizado.

Para los empleadores, sin embargo, el primer efecto será más inmediato. Deberán ingresar a un sistema financiero que exige elegir administrador, comprender costos, evaluar rendimientos y organizar el uso de una caja que no reemplaza sus obligaciones, pero puede convertirse en una herramienta para planificarlas.

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