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Préstamos personales: más del 50% de los argentinos que se endeudan con fintechs no pueden devolver el dinero

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Así se desprendió del último informe elaborado por el Banco Central, el cual analizó las deudas que tienen más de 6 millones de personas con entidades no bancarias.

22 Abril de 2021 16.30

Como es costumbre, el Banco Central elaboró el informe semestral sobre las deudas que tienen los argentinos con entidades no bancarias, es decir, aquellas que entran dentro de lo que se denomina como Otros Proveedores No Financieros de Crédito (OPNFC). Más de 6 millones de personas en la Argentina tienen deudas por $ 195.000 millones con fintechs u otras compañías de préstamos no bancarios. De ese total, casi la mitad nunca accedió a un préstamo en una entidad financiera tradicional.

Las tasas que cobran algunas de estas entidades por créditos personales suelen ser más altas que las bancarias, lo cual se explica por el gran porcentaje de incumplimiento de pago: la gente se endeuda pero luego no puede cumplir. Esto conlleva a que más de la mitad de los que toman préstamos -el 50,3% exactamente- con fintechs luego no pueda devolver el dinero. 

Paralelamente, las empresas de venta de electrodomésticos también  se protegen contra los que incumplen. Por eso pueden llegar a cobrar un costo financiero mucho más alto que los bancos. Es que en este segmento en particular, la tasa de incumplimiento es aún más grande: el 56,9% no los que recibió el préstamo no les paga.

Las OPNFC es un grupo heterogéneo de empresas que incluye desde cooperativas y mutuales hasta empresas como las mencionadas recientemente, de venta de electrodomésticos y fintechs. Según el informe del Banco Central, hacia octubre de 2020 había 6,1 millones de personas que tenían a su nombre créditos con al menos una OPNFC, de las cuales cerca de 2,8 millones (46%) no poseían deuda con el sistema financiero.

Si se considera que los bancos poseían a ese momento asistencias crediticias a 13,4 millones de personas, los deudores exclusivos de los OPNFC representaban entonces a cerca del 20% de las personas deudoras de las entidades financieras tradicionales.

Hacia octubre de 2020 había 6,1 millones de personas que tenían a su nombre créditos con al menos una OPNFC, de las cuales cerca de 2,8 millones (46%) no poseían deuda con el sistema financiero.

La mayoría de las financiaciones que otorgaron las OPNFC están a cargo de empresas emisoras de tarjetas por un total de $ 115.540 millones (60%), seguido de las venta de electrodomésticos con $ 21.639 millones (11%), las Cooperativas y Mutuales con $ 18.118 millones (9,3%) y las fintech con $ 8.519 millones (4,4%), entre otros.

En promedio, cada deudor tiene a su cargo un monto de $ 31.706 con una tasa nominal anual promedio del 84%, muy superior a la que ofrecen los bancos y entidades financieras tradicionales. Esto se debe en parte a los altos niveles de irregularidad para el total de los OPNFC que, en octubre de 2020, alcanzaron un 39%, significativamente superiores a los del sistema bancario al sector privado que se ubicó en un 5,1% (3,2% para préstamos a las familias) en promedio entre enero y octubre de 2020.

Regulaciones del BCRA

En total, la cantidad de empresas proveedoras de créditos no bancarios alcanzó en enero de 2021 las 323 empresas frente a 235 proveedores a finales de 2018. Desde octubre de 2020, el BCRA introdujo modificaciones significativas en la regulación que implican, básicamente, la obligación de registro como OPNFC para la mayoría de las empresas no financieras de crédito (aún cuando no reciban financiamiento de entidades financieras) y el cumplimiento de disposiciones que otorgan mayor protección a la persona usuaria de servicios financieros.

Desde Lisicky Litvin & Asociados explicaron en un documento que las primeras regulaciones que el BCRA estableció sobre los OPNFC datan del 2014, año en el cual habitó un registro para la inscripción de estos sujetos, al mismo tiempo que dispuso, entre otros aspectos, el deber de suministrar información sobre las financiaciones que otorguen, clasificando a sus deudores en función de su mora, según los criterios aplicables para la cartera de "consumo o vivienda" y de las disposiciones sobre recategorización obligatoria, que exigen las normas del BCRA.

En octubre de 2020, a través de la comunicación “A” 7146, el BCRA estableció que - con plazo máximo hasta el 1° de diciembre de 2020 -, debían inscribirse en el “Registro de otros proveedores no financieros de crédito” aquellos que superen los $ 10 millones de financiaciones otorgadas. Como agregado a las normas anteriores, dicha inscripción es obligatoria, soliciten o no asistencia crediticia a entidades financieras.

La entrada en vigencia gradual de las nuevas adecuaciones incluía 2 instancias más: enero y marzo de 2021. Con fecha 1° de enero de 2021, los OPNFC debían dar cumplimiento a 3 normas, que actualmente rigen para las Entidades Financieras: las normas sobre publicidad y transparencia en materia de tasas de interés (“Tasas de interés en las operaciones de crédito”), sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros” y sobre “Comunicación por medios electrónicos para el cuidado del medio ambiente”.

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