La Anses dispuso una serie de normas complementarias y aclaratorias del decreto que reconoce aportes jubilatorios a mujeres con 60 años cumplidos que sean madres y hayan trabajado en el hogar. Se trata del Decreto Nº475/21, que establece que al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida.
Ese Decreto estableció también que la mujer adoptante computará dos años de servicios por cada hijo y/o hija adoptado y/o adoptada. También, se reconocerá un año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada siendo menor de edad.
Ahora, con la Resolución 154/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la ANSeS aclaró que con el objeto de computar los años de servicios, se tendrá en cuenta cada hijo y/o hija cuyo nacimiento y discapacidad, de corresponder, se encuentre registrado en las bases de ese organismo y vinculado a la persona que solicita el beneficio, en virtud de la documentación que el Organismo disponga a tales efectos. Idéntico tratamiento se dará cuando la relación por la que se pretenda obtener el beneficio tenga su origen en una adopción.
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En caso que esa información no surja de los registros obrantes en la ANSeS, la persona solicitante deberá presentar la prueba documental pertinente para la acreditación del hijo y/o de la hija. Según lo dispuesto, la acreditación de la discapacidad de cada hijo y/o hija, cuando no se encuentre registrada en las bases de esa Administración Nacional, podrá efectuarse mediante alguno de los siguientes medios de prueba:
- Certificado Único de Discapacidad establecido en el artículo 3° de la Ley N° 22.431.
- Certificado de Discapacidad emitido por los organismos provinciales competentes en la materia.
- Constancia que acredite haber registrado derecho a percibir la Asignación por Hijo con Discapacidad, mediante las autorizaciones emitidas por las ex Cajas de Asignaciones
Familiares o ANSeS. - Constancia que acredite el derecho a una Pensión No Contributiva por Invalidez, instituida por el artículo 9º de la Ley N° 13.478.
![Acceso a la jubilación para mujeres ANSES: en qué consiste y qué objetivos persigue - AS Argentina](https://as01.epimg.net/argentina/imagenes/2021/05/28/actualidad/1622209208_509995_1622210025_noticia_normal.jpg)
La resolución explicó que se entiende por persona que haya accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, a la mujer y/o persona gestante a la que se le haya liquidado y/o puesto al pago la mencionada Asignación, por el niño o la niña por quien se ha computado el año o los años adicionales de servicios, independientemente del estado de rendición de la liquidación; a excepción de aquellos períodos de liquidación de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que hayan sido suspendidos.
Por otra parte, el organismo que conduce Fernanda Raverta estableció que a los efectos de acreditar el período de licencia por maternidad y/o estado de excedencia, se considerará la información que surja inequívocamente de las Declaraciones Juradas remitidas por los empleadores y las empleadoras que se visualizan en el sistema informático "SIPA".
![Fernanda Raverta: "Tuve que hacer que la Anses se ponga en marcha" | Perfil](https://fotos.perfil.com/2020/05/16/trim/1040/780/fernanda-raverta-titular-de-la-anses-957807.jpg)
En caso que no surja información en el "SIPA", se considerará válido el período de licencia por maternidad o estado excedencia consignado en la Certificación de Servicios, siempre que la fecha de nacimiento del hijo o de la hija de la mujer y/o persona gestante hubiera ocurrido dentro del período inmediatamente anterior al de licencia por maternidad o durante el goce de la misma.
En todos los casos, la Anses podrá solicitar pruebas adicionales a la persona solicitante de la prestación y/o realizar las verificaciones que considere necesarias a fin de dar por acreditados los períodos de licencia informados, señaló el texto oficial.