Una de las discusiones más sensibles del sistema financiero, quién puede pagar salarios y jubilaciones, sumó en las últimas horas un giro decisivo. El nuevo proyecto de ley de modernización laboral enviado al Congreso incorpora un artículo que, por primera vez, abre la puerta a que las billeteras virtuales puedan acreditar remuneraciones, un reclamo histórico del sector fintech y un límite que los bancos buscaban preservar.
El Artículo 124 del proyecto establece que los haberes "deberán pagarse, bajo pena de nulidad, únicamente mediante acreditación en cuenta abierta a nombre del trabajador en entidad bancaria, institución de ahorro oficial, o en Proveedores de Servicios de Pago (PSP) habilitados por el BCRA para tal actividad". La incorporación de esta categoría marca una diferencia sustantiva respecto del marco precedente y, en la práctica, consagra la posibilidad de que cuentas CVU entren en la cadena de pago de salarios. Aunque no todos los interpretan de esta manera.

Un triunfo esperado en un frente caliente
La novedad llega apenas días después de que Mercado Libre volviera a instalar el tema en un foro del Banco Central. Allí, Alejandro Melhem, uno de los principales ejecutivos de la compañía, pidió que "los usuarios puedan elegir libremente dónde cobrar su sueldo" y recordó que 74% de los argentinos ya operan con cuentas digitales, con Mercado Pago como uno de los canales mas utilizados para cobrar prestaciones de ANSES.
La respuesta bancaria fue inmediata. ABA, ABAPPRA y ADEBA, las principales cámaras bancarias, difundieron un documento extenso y crítico, en el que advirtieron que bajar los estándares actuales de seguridad para habilitar pagos en billeteras "implica exponer a trabajadores y jubilados a riesgos injustificados".

Pero mientras la pulseada pública se intensificaba, la política avanzó en otra dirección. Según el texto, los PSP habilitados por el Banco Central podrían recibir sueldos de trabajadores. Sin embargo, el mismo indica que serán aquellos "habilitados por el BCRA para tal actividad". Por lo tanto, no queda claro si son los PSP ya habilitados o habrá una habilitación extra para poder realizar este procedimiento.
En el sector interpretan que la ley transfiere la responsabilidad al BCRA para que decida el proceso. "Si deposita la responsabilidad en el BCRA ya es algo", destaca una fuente del sector bancario. Y agrega: "Nuestro temor es que el BCRA solo pueda opinar para otros, pero si ya estás en el listado para ser billetera se tome como que ya estás autorizado".
La respuesta de los bancos
En la semana, Francisco Gismondi, gerente general de ADEB (ADEBA), escribió un texto abordando el tema. "La prioridad siempre debe ser proteger los haberes de los trabajadores. Cuando hablamos de sueldos y jubilaciones, la prioridad no puede ser asignar un negocio: la prioridad siempre debe ser proteger los haberes de los trabajadores", afirmó al respecto. Y continuó: "Durante tres décadas los salarios nunca estuvieron en riesgo ni sufrieron demoras. Eso responde a regulación prudencial, supervisión del BCRA, garantía de depósitos y altos estándares de seguridad. Las fintech no operan bajo ese marco. Eso es un dato, no una opinión".

Gismondi también remarcó que "cualquier persona puede transferir su sueldo en segundos a la billetera que prefiera". "La acreditación inicial en un banco no limita esa libertad: asegura que el ingreso llegue por el canal más seguro". El ejecutivo insistió en que la discusión internacional avanza hacia un principio central: si dos jugadores ofrecen lo mismo, deben operar bajo la misma regulación, evitando arbitraje y riesgos sistémicos.
Una victoria fintech... con letra chica
Aunque el artículo supone un avance histórico para el sector, en el sistema financiero remarcan que la redacción abre interrogantes relevantes.
Según pudo reconstruir Forbes en conversaciones off the record con actores directos de la negociación parlamentaria, la redacción actual es ambigua respecto de qué implica estar "habilitado por el BCRA para tal actividad". "A diferencia del Decreto 70, que exigía autorización expresa y caso por caso, el nuevo texto podría interpretarse como una habilitación automática para cualquier PSP ya inscripto", afirman.
En esa línea, también resaltan: "En una lectura laxa, más de 200 billeteras quedarían en condiciones de pagar sueldos, incluyendo firmas con niveles de supervisión muy dispares. La preocupación central que transmiten en los pasillos del Congreso es que, si no se aclara la norma, billeteras pequeñas o con modelos riesgosos, como las involucradas en casos recientes, entre ellas Sur Finanzas, podrían entrar al circuito de haberes sin controles equivalentes a los bancarios".

El punto será materia de negociación en las próximas horas: en el sistema financiero esperan que el Congreso retorne al estándar del Decreto 70, que exigía autorización explícita del regulador antes de habilitar el pago de haberes.
Qué viene ahora
El artículo 124 no garantiza que la implementación sea inmediata. El BCRA deberá definir si habilita caso por caso o si valida a todas las billeteras que hoy operan como PSP. Ese será el verdadero campo de batalla regulatoria.
Pero incluso con estas incógnitas, la señal política es contundente: por primera vez, una norma de jerarquía legal reconoce a las fintech como potenciales pagadoras de sueldos. Es el paso más importante que el sector obtuvo desde el nacimiento de las CVU.
Para los bancos, el riesgo es claro: el terreno donde históricamente construyeron su principal canal de captación, las cuentas sueldo, podría cambiar de manos. Para las fintech, en cambio, el artículo funciona como la validación que buscaban desde hace años.
El debate seguirá, pero una cosa está clara: en la disputa por el nuevo mapa de pagos, la primera victoria quedó del lado fintech. El Congreso tendrá la última palabra sobre cuán amplia, o riesgosa, será.