La letra chica del nuevo régimen de Ganancias y cómo podría afectarte
El nuevo esquema implica mayor simplicidad para quienes tributan en el sistema formal, pero detrás del anuncio hay restricciones y condiciones que pueden dejar fuera a una porción importante de contribuyentes. Quiénes realmente podrán acceder al beneficio y qué implican los cambios en el control fiscal.

El nuevo régimen simplificado del impuesto a las Ganancias, presentado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), busca alivianar la carga administrativa sobre los contribuyentes formales, pero incluye una serie de restricciones que reducen su alcance real.

Durante la conferencia de prensa en Casa Rosada, el titular de ARCA, Juan Pazo, aseguró que se trata de un cambio relevante en la forma de fiscalizar. "No vamos a requerir más información sobre los consumos ni el patrimonio. Los consumos personales no van a pasar más por ARCA", afirmó. La propuesta se enfoca exclusivamente en la facturación y los gastos deducibles, excluyendo el control sobre los consumos personales y el patrimonio.

Según comunicó oficialmente el Gobierno, cualquier gasto en bienes no registrables por hasta $50 millones por mes no generará información automática para ARCA. En el caso de compras por montos superiores a ese umbral en bienes registrables, como inmuebles o vehículos, si el contribuyente está adherido al régimen simplificado, el organismo no podrá examinar ni el incremento patrimonial ni los consumos.

La letra chica de la nueva resolución

Uno de los puntos más relevantes del nuevo régimen es que sólo podrán acceder los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina. Esto significa que cualquier ingreso proveniente del exterior dejará al contribuyente fuera de este esquema. Así lo establece el decreto 353, que define esta modalidad como una opción reservada para quienes generan ingresos exclusivamente dentro del país.

El consultor tributario Marcos Zocaro remarcó la consecuencia directa de esta condición: "Esto significa que, si alguien recibe ingresos del exterior, no podrá acceder a la declaración simplificada. Y hay un punto importante: cualquier ganancia que provenga de una inversión en CEDEARs, aunque se compre en la bolsa argentina, se considera renta de fuente extranjera". Y alertó: "Por lo tanto, si no modifican esta restricción, el número de personas que podrían optar por este esquema se achicará notablemente. Hoy, con la facilidad de operar desde el celular, muchas personas tienen CEDEARs u otros instrumentos similares".

 Hoy, con la facilidad de operar desde el celular, muchas personas tienen CEDEARs u otros instrumentos similares.

Además, el nuevo esquema representa una transformación profunda en los métodos de fiscalización.

Zocaro explicó que, con los cambios en los regímenes de información, el Estado pierde acceso a datos clave: "Va a tener mucha menos información sobre tus gastos y tenencias.  Al cambiar las reglas de los regímenes informativos, ya no sabe, por ejemplo, qué consumiste con tarjeta de crédito y otros gastos similares".

Bajo esta modalidad, la fiscalización se simplifica: "En la declaración jurada tradicional tenés que detallar tus bienes al inicio y al final del año fiscal, y lo que ganaste. A partir de ahí, surge lo que consumiste. Con este nuevo esquema, ya no hace falta informar eso. Y además, AFIP tampoco tiene tantos datos sobre consumos, así que le faltaría ese elemento clave para fiscalizar como lo hace ahora", puntualizó Zocaro. Sobre el cálculo del tributo, agregó: "Entonces, si estás inscripto en Ganancias, básicamente ARCA te va a informar cuánto tenés que pagar. Podés aceptar ese monto y abonarlo, o bien modificar la pretensión fiscal según los cálculos que haga tu contador".

Un cambio de paradigma

Para los profesionales contables, este esquema implica dejar atrás décadas de criterios tradicionales.

Marcelo D. Rodríguez, tributarista, sostuvo: "Los cambios anunciados para quienes decidan adherir al régimen simplificado del impuesto a las Ganancias marcan, sin dudas, un giro respecto a lo que venimos haciendo los contadores desde hace más de seis décadas". Y recordó: "Ya en la época del impuesto a los réditos —antecesor del actual impuesto a las Ganancias— estábamos obligados a presentar una declaración jurada donde se debía informar el monto consumido".

Cualquier gasto en bienes no registrables por hasta $50 millones por mes no generará información automática para ARCA.

Sobre las implicancias prácticas, agregó: "Hoy, al confeccionar una declaración jurada, lo primero que hacemos es tratar de justificar el consumo durante el año fiscal y el incremento patrimonial. Es decir, cuánto creció el patrimonio en ese período, a partir de los ingresos obtenidos y el patrimonio con el que se inició el ejercicio".

Con el nuevo régimen, esa lógica queda completamente desactivada: "El contribuyente ya no tendrá que preocuparse por detallar sus consumos ni por cuánto aumentó su patrimonio. El fisco tomará la facturación anual, descontará los gastos vinculados a la actividad y le propondrá aceptar un impuesto calculado de forma administrativa".