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Mercedes Marcó del Pont, directora de la AFIP
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Cambios en el monotributo: cuáles son las últimas modificaciones de AFIP

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Quiénes pueden acceder a este beneficio y cómo hacerlo, paso por paso.

30 Septiembre de 2021 11.00

La AFIP extendió los plazos para que los monotributistas accedan a los beneficios implementados por las leyes de Alivio Fiscal y de Sostenimiento e Inclusión Fiscal. El organismo dispuso que los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre próximo para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.

La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5079/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial. La normativa de la AFIP también extendió los plazos para ejercer las opciones de permanencia, reingreso al monotributo y de beneficios para contribuyentes cumplidores. De esta manera, prorrogó por dos meses los plazos previstos originalmente.

Ahora, los pequeños contribuyentes pueden, hasta el 30 de noviembre, regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El plan de facilidades para que monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año contempla la condonación de intereses y multas.

Cómo acceder al beneficio

Para poder adherir a esta moratoria, los pequeños contribuyentes deberán poseer domicilio fiscal electrónico e informar en el servicio Declaración de CBU de la página web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada uno de las cuotas.

La cantidad máxima de cuotas y la tasa de financiamiento a acceder dependerá de la categoría de los monotributistas, de acuerdo con lo dispuesto.

El ente recaudador subrayó que "una de las funciones esenciales que le cabe asumir a esta Administración Federal es promover el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables, en cuyo mérito se estima conveniente extender ciertos plazos de las Resoluciones Generales 5034 y 5003".

Créditos a tasa cero

Paralelamente, sigue abierta la posibilidad de acceder a un crédito a tasa cero, una medida que el Gobierno anunció a fines de agosto.

Los solicitantes de cualquiera de las categorías en la que revistan deberán solicitar, al menos, la suma de $ 10.000 o el equivalente al capital total de la deuda a pagar en virtud del beneficio acordado, cuando se encuentren en mora en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo.

Las financiaciones contarán con un plazo de 18 meses contados a partir de su acreditación en la tarjeta de crédito del solicitante, incluido el período de gracia, que será de seis meses para capital. Asimismo, las financiaciones contarán con garantías del fiduciario del Fogar por hasta el 100% del monto máximo. Las solicitudes de los créditos podrán ser tramitadas hasta el 31 de diciembre de 2021 ante la AFIP, y las entidades financieras podrán recibirlas hasta el 20 de enero de 2022.

*Con información de NA y Télam

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