Las 10 claves del proyecto de reforma de Inocencia Fiscal que pasó al Senado
El proyecto amplía el acceso al régimen simplificado, modifica criterios de fiscalización de ARCA, redefine beneficios y restricciones, y suma cambios sobre multas, funcionarios y operaciones en efectivo.

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal promovido por el Poder Ejecutivo, el esquema tributario sancionado a fines de 2025 con el que el Gobierno buscó facilitar la incorporación de ahorros al circuito formal de la economía. El proyecto obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones en la sesión de ayer. Ahora deberá ser girada al Senado, donde tendrá que atravesar el correspondiente tratamiento legislativo antes de poder convertirse en ley. 

La Ley de Inocencia Fiscal fue sancionada por el Congreso en diciembre de 2025 y puso en marcha una serie de cambios sobre el Procedimiento Tributario y el Régimen Penal Tributario. También creó el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, destinado a personas humanas y sucesiones indivisas que cumplieran determinados requisitos.

Ese esquema incorporó, entre otros aspectos, una presunción favorable respecto de las declaraciones presentadas bajo el régimen y redujo la información que deben suministrar quienes adhieren. En su versión vigente, el acceso está condicionado por límites de ingresos y patrimonio, junto con otros requisitos. Es justamente sobre ese régimen donde se concentra buena parte de la reforma que obtuvo media sanción en Diputados. El proyecto apunta a ampliar el universo de contribuyentes que pueden ingresar al sistema,

Durante el trámite parlamentario también se incorporó una restricción para determinados funcionarios y exfuncionarios. Quienes hayan ocupado cargos de alta responsabilidad durante los cinco años anteriores podrán utilizar el sistema simplificado para declarar y pagar Ganancias, pero no accederán a sus beneficios.

Las 10 claves de la reforma de Inocencia Fiscal

Con ese telón de fondo, el proyecto que ahora deberá analizar el Senado introduce una serie de modificaciones concretas sobre el régimen vigente. Estas son las diez claves principales para entender qué propone cambiar la iniciativa que obtuvo media sanción en Diputados.

1. Elimina los topes de patrimonio e ingresos

El proyecto propone suprimir los límites de $10.000 millones de patrimonio y $1.000 millones de ingresos que actualmente condicionan el acceso al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. De aprobarse, esos parámetros dejarán de funcionar como barrera para ingresar al sistema.

2. Mantiene el requisito de residencia fiscal argentina

La iniciativa conserva la residencia fiscal argentina como una de las condiciones necesarias para adherir al régimen. Es decir, aunque se eliminen los topes patrimoniales y de ingresos, los contribuyentes deberán seguir cumpliendo con este requisito para poder acceder al esquema simplificado.

3. Los Grandes Contribuyentes Nacionales podrán adherir, pero sin los beneficios

El proyecto elimina la restricción que impedía a los Grandes Contribuyentes Nacionales —contribuyentes que, por su relevancia fiscal, se encuentran bajo la órbita específica de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes de ARCA— adherirse al régimen. Ahora podrán adherirse a la modalidad simplificada para presentar la declaración jurada y efectuar el pago correspondiente, pero no accederán a las presunciones, efectos liberatorios ni demás beneficios previstos para el resto de los contribuyentes. Se trata de , de acuerdo con la clasificación establecida por el organismo. 

4. La presunción de que lo declarado es correcto tendrá excepciones

El régimen actual contempla una presunción de que lo declarado por el contribuyente es correcto, pero el proyecto introduce una excepción para determinados funcionarios y exfuncionarios. En esos casos, ARCA podrá fiscalizar ante cualquier diferencia detectada y aplicar multas o sanciones bajo las reglas generales.

Congreso de la Nación (Foto: Gentileza Presidencia).

5. Cambia cuándo una diferencia puede activar una fiscalización

El proyecto redefine la “discrepancia significativa”. Se configurará cuando la fiscalización determine un incremento del impuesto o una reducción de los quebrantos impositivos de al menos 15% respecto de lo declarado por el contribuyente y, además, la diferencia alcance el umbral mínimo previsto, hoy equivalente a $5 millones. Además, habrá 15 días hábiles para rectificar y regularizar la situación sin perder el beneficio.

6. Limita la revisión de fondos de ejercicios anteriores

Otro de los cambios centrales restringe la posibilidad de que ARCA cuestione el origen de fondos correspondientes a ejercicios anteriores. Este punto fue cuestionado por sectores de la oposición, que durante el debate advirtieron sobre una reducción de la capacidad del organismo para fiscalizar fondos no justificados.

7. Funcionarios y exfuncionarios podrán usar el régimen, pero sin sus beneficios

Quienes hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública durante los cinco años anteriores a la adhesión podrán utilizar el sistema simplificado únicamente para presentar la declaración jurada de Ganancias y pagar el saldo correspondiente. No accederán a la presunción de exactitud, la liberación de fiscalizaciones ni otras protecciones tributarias del régimen. La restricción comprende, entre otros, a funcionarios desde el rango de secretario de Estado, legisladores y concejales, parlamentarios del Mercosur, magistrados y fiscales, defensores del Pueblo y miembros de los consejos de la Magistratura y jurados de enjuiciamiento.

8. La restricción no se extiende a familiares de funcionarios

La exclusión incorporada durante el trámite parlamentario alcanza a funcionarios y exfuncionarios, pero el texto no establece una prohibición equivalente para sus cónyuges y familiares. Por lo tanto, estos no quedan automáticamente privados de los beneficios del régimen por su vínculo con una persona que ejerza o haya ejercido un cargo público.

El pryecto deberá tatarse ahora en el Senado.

9. Reduce multas y establece un alivio automático para determinados contribuyentes

El proyecto incorpora una reducción permanente del 25% sobre determinadas multas por infracciones formales para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro. La reducción opera de pleno derecho, sin necesidad de realizar un trámite adicional. Además, mantiene una quita del 50% para determinadas multas formales anteriores que todavía no estén firmes ni canceladas. Para acceder a ese beneficio, el contribuyente deberá subsanar el incumplimiento y allanarse a la sanción correspondiente.

10. Aclara que los pagos en efectivo mediante escrituras son compatibles con el régimen

La reforma establece expresamente que los pagos en efectivo realizados mediante escrituras públicas son compatibles con los beneficios de Inocencia Fiscal. Si bien las operaciones inmobiliarias en efectivo ya estaban contempladas por la reglamentación vigente, el nuevo texto busca despejar dudas sobre su tratamiento y darles mayor certeza dentro del régimen.