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Litigiosidad: para el 70%, control de documentación de contratistas que realizan no es suficiente

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Así surge de un sondeo elaborado por CONA RH ante más de 200 empresarios. Este dato no hace más que aumentar las posibilidades de litigiosidad en uno de los asuntos más álgidos para prevenir potenciales contingencias empresariales, y que requiere de una aguda modernización en el control de la documental de contratistas, terceros, transportistas, distribuidores, franquiciados, agencias, entre otros.

09 Noviembre de 2022 08.44

El artículo 30 de la ley de contrato de trabajo exige que se efectúe un control profesional de la documentación: de no hacerlo aumenta la responsabilidad solidaria del contratante de los servicios. Es decir que “cualquier incumplimiento de los requisitos de dicha ley, harán responsable solidariamente al principal por las obligaciones de los cesionarios”, aclara César Contino, socio de CONAR RH.

Según el sondeo realizado por esta firma, casi el 90% de las empresas encuestadas utiliza servicios de terceros que incluyan recursos humanos provistos por otra empresa (contratistas y subcontratistas), de las cuales solo el 27% dijo que controla mensualmente el cumplimiento de la obligación del control documental de contratistas y/o subcontratistas. A su vez, si bien el 79% de las empresas manifestó conocer los riesgos que generaría la falta de Control de la Documentación de Empresas Contratistas y terceros en general, el 70% aseguró que el control que realizan es entre acotado y superficial. El dato que completa la información es que el 90% dijo que ese control lo realizan internamente.

Así y todo, resulta paradójico que ante lo expresando, el 80% dice conocer los riesgos que implica para su empresa la falta del control documental de contratistas y/o subcontratistas.

Según precisó Contino, cuando se subcontrata, “es preferible hacerlo con sociedades en lugar de monotributistas y alcanzar un cierto equilibrio de 30% -70%, donde el primero es esta figura y el segundo organizaciones”. 

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En ese sentido, Contino aclara que “es recomendable la contratación de empresas, porque los monotributistas llevan implícito, al finalizar la relación, una probabilidad más alta de litigiosidad, y a su vez, la sola contratación de un gran porcentaje de personas por una misma empresa podría ser considerado como un tipo de relación de dependencia oculta tanto por empresas como por sindicatos”.

¿Cuáles son los servicios provistos por otra empresa (contratistas y subcontratistas), y que ameritan control? Vigilancia, limpieza, personal temporario o eventual, servicio de comedor, mantenimiento de máquinas o equipos, servicio de Jardinería, servicio de transporte (Logística), mensajería.

Evitar y anticiparse a contingencias potenciales

Ese es el propósito de controlar la documentación. Según desprende del sondeo, casi el 60% aseguró haber recibido reclamos administrativos (vía Ministerio de Trabajo) y/o demandas laborales Judiciales de empleados de terceros en los últimos dos años. La metodología y las técnicas para eficientizar el proceso están. Sólo hay que poner manos a la obra para favorecer la continuidad de nuestras empresas

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