La UIF sigue los pasos de ARCA y aumenta los montos para comprar bienes sin declarar
Se implementaron modificaciones que afectan a distintas operaciones vinculadas al "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos" que busca sacar los "dólares del colchón".

La Unidad de Información Financiera (UIF) publicó una resolución que se alinea con las nuevas normas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y aumenta los mínimos por los cuales se pide declaración de fondos en compras.

En concreto, se implementaron modificaciones que afectan a distintas operaciones vinculadas al "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos" que busca sacar los "dólares del colchón".

Registro de propiedades

La UIF elevó de 200 a 750 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) el umbral a partir del cual los Registros de la Propiedad Inmueble deben reportar operaciones sospechosas. Con el SMVM vigente en junio de 2025, este nuevo límite equivale a unos $660 millones.

El cambio reduce la carga operativa de los registros y permite agilizar operaciones de menor valor, que ya no estarán sujetas al mismo nivel de control. Solo las transacciones inmobiliarias de montos elevados seguirán bajo vigilancia sistemática.

Compra y venta de autos

Además, se modificaron los requisitos de información en la compraventa de vehículos. El "Perfil del Cliente" será obligatorio únicamente si el monto anual operado supera los $115 millones y ya no se exigirá certificación contable, aunque sí deberá presentarse documentación que respalde el origen lícito de los fondos, excluyendo las declaraciones juradas como único respaldo.

 

El perfil no será demandado si el pago se realiza mediante transferencia, cheque personal o crédito bancario. Además, se suspende hasta enero de 2026 la actualización automática de los umbrales y se eleva a $50 millones el mínimo para reportar operaciones de alto monto.

Depósitos en bancos

En tanto, solo se aplicará un control reforzado sobre depósitos en efectivo que igualen o superen los 40 SMVM, es decir, unos $35,2 millones según los valores actuales. Los bancos deberán identificar al depositante y, si corresponde, al tercero por quien actúe.

Quedan exentas del control reforzado las operaciones realizadas con tarjetas o cuentas recaudadoras, aunque deben estar vinculadas al titular. Asimismo, las transacciones en efectivo que superen ese umbral deberán reportarse mediante los esquemas RTE o RTEOC. Y el "Perfil Transaccional" deberá basarse en documentación patrimonial comprobable, sin depender exclusivamente de declaraciones juradas.

Escribanos

Por último, la nueva normativa refuerza los criterios sobre cómo los escribanos deben elaborar el perfil de los clientes. Ahora será necesario respaldarlo con documentación que acredite el origen lícito de los fondos y la actividad económica declarada.

Además, se actualiza el umbral a partir del cual deben reportarse operaciones en efectivo vinculadas a transferencias de inmuebles cuando actúan en representación del cliente: pasa de 700 a 750 SMVM. El objetivo es mejorar la trazabilidad en operaciones de alto valor y, al mismo tiempo, aliviar exigencias sobre transacciones de menor escala.