Aumentos salariales fuera de convenio: cómo seguirán a la inflación
Las empresas deben lidian con una índice de precio al consumidor en alza. En promedio, las empresas proyectan un 55% de inflación anual y toman ese como base para su presupuesto.

La inflación no da tregua. Y, mientras el índice de precios al consumidor al consumidor sigue al alza, las empresas hacen intentos maratónicos para equiparar una carrera que parece perdida.  A finales del mes pasado, varios sindicatos cerraron paritarias y, ahora, un informe elaborado por Willis Towers Watson (WTW) analizó cómo se ajustarán los salarios del personal sin convenio a lo largo de este año. 

El equipo de Gestión de Talento y Compensaciones de WTW realizó una encuesta en la que participaron 418 empresas de rubros diversos:  Tecnología, Entidad financieras, Agro, Servicios, Automotriz, Fintech, Entretenimientos, Energía, Petróleo, Aseguradoras, tecnología, Construcción, entre otros.

salarios

Los resultados que arrojó el estudio muestran algunas diferencias con aquel que se desarrolló en marzo.  Si comparamos con la edición anterior, se observa que hay un punto de diferencia entre una y otra. En el relevamiento de marzo el incremento salarial marcaba un 49% y en éste da un 50%.

Aumento salarial fuera de convenio

Teniendo en cuenta el aceleramiento de la inflación, el 29% de las empresas encuestas reconoció haber modificado ya el presupuesto salarial establecido originalmente. Del otro lado, un 34% aseguró no haber hecho modificaciones todavía, esgrimiendo que están a la espera de que lo que suceda con la inflación durante los próximos meses. En promedio, las empresas proyectan un 55% de inflación anual y toman ese como base para su presupuesto.

 

Marcela Angeli, Directora de Talent & Rewards, explica que en esta edición del informe "incluimos un punto que está relacionado a la revisión que este presupuesto salarial va a tener como consecuencia del aceleramiento de la inflación y de que la estimada es mucho mayor a la considerada en oportunidad de hacer el presupuesto original".

"De esta consulta inferimos que aquellas empresas -prácticamente todas- que están esperando la aprobación de la modificación del presupuesto, una vez que la tengan, estiman que el promedio de aumento anual ascenderá a un 56%", refuerza. 

Guardería como beneficio

En relación a la cantidad de veces que se darán los ajustes, hay un cambio marcado respecto a la edición anterior. Según Marcela Angeli, esto tiene que ver con que muchas empresas que tenían planificado dar dos incrementos pasaron a estipular tres o cuatro. "Una cuestión que surge como consecuencia del aceleramiento de la inflación y que es más alta de la estimada originalmente", profundiza la directora. 

Cerca del 70% de la muestra está pensando en dar tres, cuatro incrementos y algunos casos hasta cinco.

En esta edición, hubo un apartado especial sobre el tema de la guardería, teniendo en cuenta la publicación del decreto de hace unas semanas atrás que regula este beneficio.

 

Lo que observamos es que la prevalencia de mercado en términos de otorgamiento todavía se mantiene parecida a años anteriores: un 35% / 40% de empresas que lo brindan y lo hacen con montos alineados a la práctica. El monto mensual promedio otorgado en concepto de guardería es de $ 15 mil. Un 13% de las empresas dicen que están analizando si incorporar este beneficio. "En estos casos están contemplando como otorgarlo, de forma tal que responda a lo que dictamina el decreto, tanto en términos del alcance del beneficio como del monto por otorgar", precisa Angeli.

El 65% de las empresas requiere a la empleada/o algún tipo de acreditación de ese monto (factura de la institución)

Los establecimientos donde trabajen 100 o más personas, independientemente de las modalidades de contratación, tendrán que ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada laboral.


El decreto 144/2022 reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, y sostiene que los empleadores cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio. Además, aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los espacios de cuidado en tanto cumplan con las condiciones adecuadas.

 

Por otra parte, en los Convenios Colectivos de Trabajo "podrá preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados", sostiene el artículo 4 del decreto.

Dicho monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría "Asistencia y Cuidados de Personas" del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.