La reforma laboral ya está en el Senado: los principales puntos del proyecto
Tras su viaje a Oslo, el presidente argentino rubricó el texto y se envió al Congreso, Indemnizaciones, nuevo régimen de despido, banco de horas y la "pluspetición inexcusable", algunas claves de la norma

El gobierno de Javier Milei formalizó el proyecto definitivo de reforma laboral que, en las próximas horas, ingresará al Congreso de la Nación. La iniciativa, fruto de semanas de negociaciones en el Consejo de Mayo, propone una revisión de las normas laborales vigentes, con cambios en vacaciones, banco de horas, indemnizaciones, régimen de despidos, remuneraciones y otros temas. El propósito del texto es reordenar las reglas que rigen la relación entre empleadores y trabajadores en todo el país.

El Presidente libertario designó a tres interlocutores como los voceros oficiales para defender y explicar la iniciativa. Los elegidos son el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; su secretario de Transformación del Estado y Función Pública, Maximiliano Fariña, y el secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Julio Cordero, consignó Noticias Argentinas.

La idea de la administración libertaria es que la reforma laboral ingrese por la Cámara de Senadores para iniciar el debate y así intentar conquistar la media sanción durante este mes, en el marco de las sesiones extraordinarias que iniciaron el 10 de diciembre y culminarán el 30.

La presidenta del bloque de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, había asegurado que ya comenzaron las negociaciones en la Cámara alta para aprobar la reforma laboral impulsada desde el Poder Ejecutivo y había anticipado que esa iniciativa y el Presupuesto 2026 serán la prioridad del oficialismo, según consignó la agencia Noticias Argentinas. La funcionaria sostuvo que su aprobación permitirá que "se les devuelva a los argentinos la posibilidad de conseguir un trabajo formal" y dijo que "esto se va a lograr", pero no "de un día para el otro".

El Presidente libertario designó a tres interlocutores como los voceros oficiales para defender y explicar la iniciativa.

 

Por su parte, el secretario general de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), Gerardo Martínez, adelantó que la CGT tendrá una reunión para evaluar los pasos a seguir frente al proyecto de Reforma Laboral. "Naturalmente no podemos aceptar el planteo del proyecto de (Federico) Sturzenegger porque quiere quitar derechos y romper estructuras del derecho colectivo e individual", remarcó.

Ejes principales que deberá debatir el Congreso

Vacaciones

El texto mantiene el derecho de todos los empleados a vacaciones anuales pagas según lo previsto por la Ley de Contrato de Trabajo. Sin embargo, introduce novedades en aspectos organizativos y de fraccionamiento. Las vacaciones deben otorgarse entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, mediante notificación escrita al trabajador con al menos treinta días de anticipación. El proyecto establece que cada tramo de vacaciones fraccionadas no puede ser inferior a siete días consecutivos.

El objetivo, según el propio texto, es adaptar los descansos a necesidades familiares o productivas, siempre respetando los mínimos legales. Además, se fija que, al menos una vez cada tres años, los trabajadores deben gozar de la totalidad de sus vacaciones durante el período de verano y no en otras fechas. Solo se podrán otorgar vacaciones fuera del período normal por causas debidamente justificadas y con autorización de la Autoridad de Aplicación, a fin de evitar abusos o decisiones unilaterales por parte del empleador.

Banco de horas

Uno de los cambios más debatidos es la habilitación del régimen de banco de horas. Bajo esta modalidad, empleador y trabajador podrán acordar un mecanismo de compensación de horas extraordinarias.

El acuerdo debe formalizarse por escrito y detallar un sistema de registro de horas trabajadas y acumuladas para su uso en períodos de menor carga laboral. La iniciativa contempla que los convenios colectivos puedan definir métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio, siempre que se respeten descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y una semana laboral máxima de 35 horas.

El banco de horas permitirá a los empleados compensar jornadas extensas con otras más cortas dentro del mismo período legal. Este mecanismo está pensado para brindar mayor flexibilidad en sectores donde la producción o la demanda del servicio varía según la temporada o el día de la semana.

Indemnizaciones

La reforma reemplaza el modelo tradicional de indemnizaciones por un esquema que integra fondos o seguros sectoriales para cese laboral. Estos fondos se financiarán mediante aportes patronales mensuales y cubrirán parte de las indemnizaciones por despido.

El cálculo del pago de indemnizaciones se basará en el salario básico, las sumas habituales y la antigüedad del trabajador, pero no incluirá pagos extraordinarios ni gratificaciones no habituales. La remuneración normal y habitual se define como la cobrada al menos seis meses del último año trabajado.

El proyecto fija un tope máximo equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable y un piso del 67% de dicho valor, con el fin de equilibrar la protección del trabajador y la sostenibilidad de los fondos sectoriales. En casos de fallecimiento del trabajador, la normativa precisa quiénes son los beneficiarios y cómo se reparte la indemnización entre familiares, con la posibilidad de pagos fraccionados bajo condiciones específicas y límites para intereses sobre el capital indemnizatorio.

Despidos

El nuevo texto legisla con mayor detalle los motivos y los procedimientos para las desvinculaciones. Distingue entre despidos con justa causa y sin justa causa. Para estos últimos, establece que la indemnización será equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con base en la mejor remuneración mensual, normal y habitual recibida durante el último año o lapso de prestación si fuera menor.

El gobierno de Javier Milei formalizó el proyecto definitivo de reforma laboral que, en las próximas horas, ingresará al Congreso de la Nación.

 

Además, contempla que, ante conflictos en sectores considerados esenciales, se garanticen servicios mínimos operativos en actividades críticas como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital. Estos servicios mínimos se establecerán en porcentajes específicos en cada área.

Cuando la Justicia laboral declare inválido un despido, el trabajador podrá optar por la reincorporación o por la indemnización correspondiente. Si elige volver al puesto, la empresa deberá regularizar la relación laboral y pagar los salarios caídos.

Remuneraciones y digitalización de documentos

El proyecto introduce reglas claras sobre la composición de la remuneración. Los recibos de sueldo deberán detallar todas las contribuciones y conceptos que integran la remuneración principal. También obliga a digitalizar recibos, planillas de asistencia y demás documentación laboral, dándoles la misma validez que los documentos en papel.

La digitalización de certificados médicos también queda reglamentada para justificar ausencias por enfermedad o incapacidad. La Autoridad de Aplicación tendrá facultades para requerir nuevos datos a fin de garantizar mayor transparencia en registros laborales.

Enfermedad y ausencias

En materia de ausencias por enfermedad, el uso de certificados médicos digitales adquiere validez plena. Tanto empresas como la seguridad social podrán verificar diagnósticos en un sistema centralizado de control médico.

La reincorporación del trabajador tras una enfermedad dependerá de la obtención del alta médica definitiva. Si la reincorporación es parcial, la remuneración será proporcional a la capacidad de trabajo que el empleado pueda realmente desempeñar. El empleador deberá notificar las ausencias prolongadas antes de imponer sanciones disciplinarias o decidir la finalización del vínculo.

Trabajo en casas particulares y régimen agrario

El proyecto también reformula el régimen laboral de los trabajadores en casas particulares. Extiende el período de prueba hasta seis meses, exige recibos completamente electrónicos y acepta la constancia bancaria como medio suficiente para la prueba de pago. Se detallan las condiciones de descanso, la provisión de ropa y elementos de trabajo, la alimentación y la cobertura de seguros.

En el ámbito agrario se crea un contrato permanente con período de prueba de ocho meses, durante el cual cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin expresión de causa ni obligación de pagar indemnización, siempre y cuando se notifique con quince días de antelación. Se garantiza la negociación colectiva de salarios, que no podrán ser inferiores al mínimo vital y móvil. Asimismo, si la remuneración por rendimiento no alcanza cierto mínimo, deberá garantizarse un piso establecido por acuerdo entre las partes.

Fondos de Asistencia Laboral (FAL)

La reforma dispone la creación de Fondos de Asistencia Laboral (FAL), integrados por aportes patronales equivalentes al 3% de la remuneración computable. Estos fondos respaldarán situaciones de despido en el sector privado, aunque la administración de los FAL no generará obligaciones directas hacia los trabajadores. El texto detalla procedimientos de uso y liquidación de estos fondos.

Régimen para repartidores y formalización laboral

El proyecto incorpora un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías para quienes trabajan mediante plataformas tecnológicas. Los repartidores deberán inscribirse en ARCA, aportar a la seguridad social, contar con cobertura social, informar una cuenta bancaria y respetar normativas de tránsito. Tendrán derecho a rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos o suspensiones y recibir el cien por ciento de las propinas.

Este régimen apunta a formalizar la relación laboral de quienes hoy trabajan bajo condiciones flexibles y, en muchos casos, informales.

Transferencias, subcontratación y responsabilidad

El articulado agrega normas sobre la transferencia de establecimientos y la responsabilidad solidaria en casos de subcontratación o delegación de tareas. Establece que la responsabilidad del empleador principal se limitará cuando verifique adecuadamente la identidad y las obligaciones vigentes de la empresa tercerizada.

Procedimientos judiciales y prácticas sindicales

Ante litigios laborales, el proyecto introduce consecuencias para lo que denomina "pluspetición inexcusable", es decir, reclamos excesivos sin justificación. Define los pasos para que los juzgados remitan antecedentes de empleo no registrado, con el objetivo de fomentar la regularización de manera más eficiente.

También incorpora normas sobre prácticas sindicales consideradas desleales, con nuevas infracciones y posibilidad de acción judicial para las partes afectadas. Para realizar asambleas en establecimientos, las asociaciones deberán solicitar autorización previa con fecha y horario específicos. El tiempo de asamblea no será remunerado. El proyecto reduce el crédito horario de los delegados sindicales a diez horas mensuales y reglamenta la tramitación de la personería gremial. Considera infracciones muy graves bloqueos y tomas de establecimientos.

Convenios colectivos, ultraactividad y formalización

Sobre los convenios colectivos, el proyecto elimina la ultraactividad indefinida. Una vez vencido un acuerdo, solo permanecerán vigentes las condiciones laborales hasta que se firme una nueva convención o acuerdo de prórroga. La autoridad podrá suspender cláusulas ultraactivas que generen distorsiones económicas severas. Además, la prelación de convenios favorecerá a aquellos de menor ámbito frente a los de mayor alcance.

Finalmente, el texto implementa el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), vigente por un año y orientado a fomentar el empleo registrado mediante reducciones de contribuciones patronales para nuevas contrataciones bajo condiciones específicas y antecedentes laborales recientes.