Compra de tierras: el gobierno admite cambios al proyecto de ley, con un límite del 25% para los extranjeros
La Casa Rosada introdujo cambios al proyecto de ley de propiedad privada para allanar su aprobación en el Senado, el próximo jueves. Además, espera avanzar en Diputados con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central y la inocencia fiscal. Se viene un mes caliente en el Congreso.

El Gobierno definió este martes una serie de modificaciones al controvertido proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Los cambios, que trascendieron desde la bancada oficialista, tienen como objetivo avanzar en la sanción de una iniciativa que había encontrado fuerte resistencia parlamentaria.

Los cambios fueron presentados por la titular del bloque oficialista en el Senado de la Nación, Patricia Bullrich. “Muchas cosas se han dicho y nosotros queremos hablar de dos conceptos: la soberanía y la verdad”, sostuvo Bullrich. 

La senadora y ex ministra de Seguridad cuestionó la legislación vigente sobre tierras rurales y sostuvo que la normativa sancionada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner generó restricciones que afectaron la inversión y el valor de los activos argentinos. “Fue un verdadero despropósito para el país, una ley que volvió terratenientes a sus amigos y que lo único que evitó fue la inversión”, afirmó.

Entre las modificaciones se destaca la referida al límite del 25% impuesto a la compra de tierras por parte de extranjeros. Se trata de uno de los puntos más conflictivos de la iniciativa, que obliga a la Casa Rosada a negociar con legisladores aliados para alcanzar su aprobación en la sesión del Senado prevista para el jueves próximo.

Además, la compra de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera por parte de extranjeros deberá contar con la autorización de la provincia correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional. En tanto, la adquisición de tierras por parte de Estados extranjeros quedará totalmente prohibida.

Por otra parte, el proyecto mantiene la posibilidad de expropiar bienes que sean "necesarios para la satisfacción de la utilidad pública". Sin embargo, la declaración de utilidad pública deberá identificar "en forma específica y concreta" el fin perseguido. A su vez, las personas afectadas solo podrán reclamar el valor de mercado de la propiedad, más la indemnización correspondiente por los daños que sean consecuencia directa de la expropiación.

Las modificaciones fueron definidas poco después del mediodía durante una reunión de la mesa política en la Casa Rosada, encabezada por la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, junto al jefe de Gabinete, Diego Santilli. Del encuentro participaron además el ministro de Economía, Luis Caputo, y el asesor Santiago Caputo, entre otros funcionarios.

Patricia Bullrrich anunció cambios a la ley de tierras en el Senado

Las claves del nuevo proyecto

  • Prohibición para Estados extranjeros. Se prohíbe la adquisición de tierras rurales por parte de Estados extranjeros.
  • Restricciones para empresas con participación estatal extranjera. Las personas jurídicas o agrupaciones con participación estatal extranjera, directa o indirecta, solo podrán adquirir tierras con autorización expresa de la provincia donde se ubique el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Límite a la propiedad extranjera. La titularidad de tierras rurales en manos de personas humanas o jurídicas extranjeras no podrá superar el 25% de la superficie total de las tierras rurales de cada provincia.
  • Controles en zonas de frontera. La compra de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera requerirá autorización de la provincia correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Prohibición de la "titularidad figurada". Se impide utilizar personas humanas o jurídicas interpuestas para simular la titularidad de un inmueble y eludir las restricciones legales.
  • Expropiaciones con interpretación restrictiva. Para expropiar un bien, la declaración de utilidad pública deberá ser específica y demostrar que la medida es idónea, necesaria y proporcional para alcanzar el fin perseguido.
  • Indemnización según el valor de mercado y pago previo. La compensación comprenderá el valor objetivo del bien y los daños directos derivados de la expropiación. Además, el Estado no podrá tomar posesión del inmueble sin haber abonado previamente la indemnización correspondiente.
  • Desalojos por la vía sumarísima. Las acciones de desalojo, tanto de inmuebles urbanos como rurales, se tramitarán mediante el procedimiento judicial más breve previsto por la legislación.
  • Prohibición de cambiar el uso del suelo tras incendios. En los bosques nativos afectados por incendios no podrán modificarse el uso ni el destino que tenían antes del fuego.

El Gobierno intentará avanzar con la sanción de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada como parte de la agenda parlamentaria, que incluye además la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central y la modificación del régimen de inocencia fiscal, que serían tratados en Diputados durante el mes de agosto.